1. Participantes: Podrán participar todas las personas físicas, con capacidad de hecho, que realicen compras de los productos incluidos en la promoción en BRISTOL S.A. y cumplan los pasos citados en el Punto 3 – Mecánica de la promoción. No podrán participar de la promoción menores de 18 años, trabajadores y personas dependiente de BRISTOL S.A., asimismo, ningún familiar de estas personas hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

2. Vigencia de la promoción: desde el Lunes 6 de Mayo de 2024 al Viernes 31 de Enero de 2025.

3. Mecánica de la promoción: Cada compra al contado o a crédito en BRISTOL S.A. de los productos incluidos en la promoción, el cliente genera automáticamente cupones electrónicos. Posteriormente, recibirá un mensaje con la cantidad de cupones generados por la compra efectuada.

4. Cupones: Los cupones son electrónicos, se generan automáticamente y la cantidad de cupones será comunicada al participante en su número telefónico por medio de Whatsapp.

4.1. Cantidad: La cantidad de cupones generados de acuerdo al valor de las compras según la siguiente tabla:

5. Sorteos y premios:

5.1. Durante la vigencia de la promoción se realizarán 9 (nueve) sorteos entre el 31 de Mayo de 2024 y el 31 de Enero de 2025. A continuación se citarán las fechas y los premios:

5.2. Una Cuota de Regalo: Con cada compra realizada durante el periodo de la promoción, ya sea al contado o a crédito, el cliente recibe automáticamente una cuota de regalo para ser utilizado en su próxima compra. La condición de la compra para ser aplicada dicha cuota es única y exclusivamente a CRÉDITO 18 CUOTAS. La validez de la cuota es de 30 días desde la fecha de la compra inicial.

5.3. Los premios son intransferibles, únicos y podrán ser entregados solamente a las personas que cumplan con todos los requerimientos citados en estas bases y condiciones, presentando cédula de identidad, factura de compra original y los datos que han sido cargados en el cupón, los cuales deben coincidir con los de la factura de compra.

5.4. Retiro de Premios: El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR con cédula de identidad y factura original de compra, además debe estar al día, sin mora, con el pago de sus cuotas. Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en el Art. 14ª inc. C.), de la Ley 6703/20. En caso de premios directos, el plazo para retirar el premio será de 60 dias posteriores a la finalización de la promoción.

6. Comunicación: Las bases y condiciones de la presente promoción estarán impresas en afiches y colocadas en todos los puntos de ventas en lugares visibles, a fin de que los interesados puedan conocer el alcance de la promoción y también será publicado en el Sitio Web oficial de Bristol S.A. www.bristol.com.py al igual que en nuestra cuenta oficial de Facebook: Bristol S.A. Paraguay.

7. Información: En caso de alguna consulta o duda de la promoción, comunicarse al  021 519 4000,  Dpto. de Post Venta.

8. Autorización del participante: La participación en dicha promoción implica la aceptación y autorización por parte del participante de la publicación de su imagen y datos personales en cualquiera de los medios de comunicación y a dar testimonio del sorteo ganado sin costo a BRISTOL S.A., así como también el conocimiento y aceptación de estas bases y condiciones.

9. Nulidad. La nulidad de una o más cláusulas que no afecte sustancialmente a estas Bases y Condiciones no afectará su validez íntegra. En consecuencia, las cláusulas nulas, así declaradas judicialmente, se tendrán por no escritas, debiendo cumplirse las demás, como la ley misma.

10. Jurisdicción y Competencia. Que toda situación no prevista en el Reglamento del juego, que pudiera derivar un conflicto entre la firma y los participantes podrá ser resuelta a pedido de las partes por la “Comisión Nacional de Juegos de Azar” CONAJZAR o quedando expedita la vía jurisdiccional en caso de los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos.